Mi Trabajo
Protección legal en tu ámbito laboral;
Accidentes y enfermedades laborales, bajas e incapacidades, despido, indemnizaciones, liquidación, pago de utilidades, acoso laboral, derechos del trabajador, obligaciones del patrón...
¿Cómo estamos ayudando a nuestros clientes?
ME DESPIDIERON Y NO ESTOY DE ACUERDO CON LAS CAUSAS, ¿PUEDO RECLAMAR UNA INDEMNIZACIÓN?
Es importante confirmar que se trata de un despido injustificado, el motivo de la baja no debe estar contemplado en el Artículo 47 de LFT En caso de no estar justificado el despido se tiene derecho a:
1.- La reinstalación al puesto de trabajo
2.- Indemnización económica que debe reunirlas siguientes prestaciones:
Tres meses de salario, prima vacacional, parte proporcional de aguinaldo, parte proporcional de vacaciones, prima de antigüedad (si, tiene mas de 15 años laborando para el mismo patrón) y las prestaciones vigentes incluidas en el contrato de trabajo o en las condiciones que regulan la relación con la empresa o patrón, como por ejemplo bonos, comisiones, fondo de ahorro, utilidades, etc.
Recuerde que nuestro equipo de abogados puede ayudarle a dictaminar si el despido reúne la formalidad que la ley laboral exige, pues en la mayoría de los casos es ilegal por lo que los abogados de Protégitas son capaces de encontrar la mejor alternativa de solución. Incluso pueden llevar a cabo una negociación en su nombre con el patrón, a efectos de lograr los resultados más convenientes para usted.
¿QUE SON LAS UTILIDADES? ¿CUÁNTO TIEMPO TENGO PARA RECLAMARLAS?
Es un derecho constitucional de la población trabajadora cuando proporciona un trabajo personal subordinado a una persona física o moral a cambio de un salario, por lo que tiene derecho a participar de las ganancias obtenidas por el patrón o la empresa, siempre y cuando éstas se generen.
Dispones del plazo de un año para reclamarlas, a partir del día siguiente en que se genere la obligación para el patrón.
Si tienes dudas, nuestros abogados pueden ayudarte a analizar tu caso y darte los lineamientos a seguir para lograr el cobro de estas prestaciones a las que tienes derecho por ley. Incluso podrán negociar con tu patrón a efectos de llevar a cabo la reclamación ante este.
SUFRIR UN ACCIDENTE CAMINO AL TRABAJO ¿SE CONSIDERA ACCIDENTE LABORAL?
Si, un accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.
Este concepto incluye los accidentes que se produzcan en los trayectos tanto de ida como de vuelta, que el trabajador recorre entre su domicilio y el lugar donde trabaja (articulo 474, II p. LFT y 42 II p. LSS).
Conforme a esta definición del accidente de trayecto, no debe existir ninguna desviación del camino del trabajador de su casa al centro de labores o viceversa.
Si tienes dudas, consulta con nuestros abogados tu caso, recuerda que están aquí para ayudarte y que contar con profesionales en este tipo de asuntos puede marcar la diferencia.
¿QUÉ DERECHOS TENGO COMO EMPLEADA EN ESTADO DE EMBARAZO?
Tienes derecho a recibir tu incapacidad por maternidad y esto no podrá suponer, bajo ninguna circunstancia, motivo de discriminación.
Nuestro equipo de abogado tiene la capacidad de hacer que sus derechos durante el embarazo se respeten en su centro de trabajo y en el hospital que será atendida.
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¿Qué ventajas tengo con este servicio?
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Negociación con la parte contraria